INFORMACIÓN DEL SINDICATO

SINDICATO: El sindicato lo conforman los trabajadores y ustedes son la máxima autoridad en la asamblea, respetando siempre la opinión de todos y el acuerdo de la mayoría. Este sindicato en particular es una organización sin fines de lucro la cual se ocupa de asesorar, educar, instruir y comunicar a los socios y trabajadores del holding CENCOSUD y sus filiales, información relacionada con los derechos, beneficios y obligaciones laborales de acuerdo a la función de su empleo además de fomentar la cooperación y ayuda mutua entre sus asociados. Asesorar, educar y Preparar a los compañeros asociados para la negociación colectiva, mediante seminarios o cursos que se impartirán en la sede.

La importancia de estar afiliados a un sindicato es: que por medio de la unión de la gente se logre un canal de gestión a las necesidades colectivas e individuales del trabajador.


HOLDING CENCOSUD y Filiales: Se refiere a todas las empresas relacionas con CENCOSUD por ejemplo: CENCOSUD S.A.- CENCOSUD Shopping Centers S.A.- CENCOSUD Supermercados S.A.- CENCOSUD Administradora de Tarjetas S.A.,- Jumbo Administradora S.A.- Jumbo Administradora del Norte S.A.- SANTA ISABELl.- EASY S.A., etc.


SEDE SINDICAL
: Contamos con sede sindical Ubicada en calle Urquiza Nº 6340 comuna de La Reina Santiago, entre la intersección de las Av. Tobalaba con Av. Simón Bolivar. Metro Simón Bolivar.


SOCIOS: Pueden ser socios todos los trabajadores del Holding Cencosud y filiales, es decir: planta, part-time, encargados, sub-jefes, controles caja, guardias, administrativos, etc. Sin discriminación alguna.


CUOTA SINDICAL: Todos cancelan la misma cuota, así mismo todos tienen derecho al 100% de los beneficios sindicales. Se cobrará una cuota de incorporación de $1.000.-, y el monto de la cuota ordinaria será $2.000.-


“SOLO PARA TRABAJADORES QUE LES DESCUENTAN EL 75% DE CUOTA SINDICAL”

(NO INCLUYE A LOS TRABAJADORES QUE FURON CONTRATADOS DESDE EL 01 DE MARZO DEL 2007)


75% CUOTA SINDICAL: Este porcentaje se les cobra a todos los trabajadores NO sindicalizados que presten servicios en la empresa donde existiese un sindicato que haya negociado colectivamente y este cobro se realizará hasta que expire dicho contrato colectivo. Esto les da derecho a percibir todos los beneficios que contenga dicho contrato colectivo, aunque el trabajador se inscriba a otro sindicato. Ahora, el trabajador que haya pertenecido al sindicato que negoció y se cambia a otro sindicato, también recibirá por derecho el 100% de los beneficios que se estipulen en el contrato colectivo hasta su vencimiento, por lo tanto también se les descontará el 75% de la cuota del antiguo sindicato. Art.346. del código del trabajo.

En conclusión:

1.- Si te cobran $3.000.- correspondiente al 75% de la cuota sindical de otro sindicato, ten en cuenta que este sindicato te cobrará $2.000.- más correspondiente a la cuota ordinaria.

2.- Si te cobran $1.500.- correspondientes al 75% de la cuota sindical, ten en cuenta que este sindicato te cobrará $2.000.- más correspondiente a la cuota ordinaria.

LIBERTAD SINDICAL: Te permite afiliarte al sindicato que estimes conveniente o más te represente. Al cambiarte de sindicato no es necesario desafiliarte del anterior, se considerará siempre la última afiliación y se entenderá que es socio de la última organización a la cual se afilió.

No se podrá condicionar el empleo de un trabajador a la afiliación o desafiliación a una organización sindical. Del mismo modo, se prohíbe impedir o dificultar su afiliación, despedirlo o perjudicarlo, en cualquier forma por causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales. Art. 215 del código del trabajo


Cualquier consulta favor formularla a través del correo electrónico o bien telefónicamente dejando tu nombre y Nº de teléfono.

BENEFICIOS SINDICALES:

*AYUDA MUTUA ENTRE LOS SOCIOS

*CINE

*CUOTA MORTUORIA

*DIA DEL NIÑO

*NATALIDAD

*KARATE DO

*GIMNASIO

*SPA-RELAJACIÓN

*GIMNASIA LABORAL

*ASOSORIA JURIDICA

*SEDE SINDICAL

Lo más importante es que tú decides que hacer con los fondos recaudados, es decir paseo o fiesta a fin de año, caja de mercadería o vales en mercadería, regalos o asignaciones, cuota mortuoria, cuota por natalidad, etc.

Dando cumplimiento al título VI, art. 38 de los estatutos; se constituye la comisión Socio económica quienes se encargarán de gestionar los beneficios antes mencionados y los que ustedes propongan.


-Se han establecido por la mayoría de la asamblea que se cobrará una cuota mortuoria de $1.000.- en el evento que fallezca: el socio (a), cónyuge, hijos, y padres del socio, por lo tanto el beneficiario recibirá el monto recaudado de acuerdo a la totalidad de los socios.


-Se ha establecido una cuota por natalidad de $500.- por cada socio, la suma de dinero se entregará en el evento que el socio o la socia sean padres. Con tope de $75.000.-


- De acuerdo con lo estipulado en el Art. 2 letra D.- de los estatutos del sindicato, la comisión Socio Económica se encargará de gestionar con la directiva, en el caso que el socio sufriere una enfermedad y solicite ayuda económica para su familia o el mismo, previa aprobación de la asamblea. La cuota por este concepto es de $500.-con tope de $75.000.-


-Seminarios y cursos Sindicales.

Realizaremos seminarios sobre derecho laboral, como revisar tu liquidación de sueldo, lectura de tu contrato, cálculo de tus horas extras, cálculo de tus vacaciones, cálculo de tu finiquito. Ordenamiento de los documentos del trabajador, como reclamar tus derechos ante el empleador y jefe directo, función de la inspección del trabajo, constitución de un comité paritario y su función, formación del dirigente, negociación colectiva, etc.


-Fomento de las actividades deportivas y recreativas.

Descuentos en festejos y eventos de cumpleaños para los hijos de los socios.

-Fomento de actividades culturales.

Valor especial en las entradas al cine $1.500.-


-Disponibilidad de la sede sindical para todos los socios, de acuerdo a la disponibilidad de la misma y aprobación de la federación.


NEGOCIACIÓN COLECTIVA:

-Algunos Ejemplos de los beneficios que puedes negociar son los siguientes:

-Aumento de remuneraciones.

-Aguinaldo Fiestas Patrias y Navidad:

-Bono de vacaciones.

-Asignación y permiso por natalidad.

-Asignación y permiso por nupcialidad

-Cuota mortuoria y permiso por fallecimiento del trabajador y/o familiares.

-Descuentos por compra de mercadería.

-Bonos de Escolaridad.

-Bono por día festivo.

-Buses de acercamiento en la mañana.

Entre otros…