Al trabajador que es despedido por aplicacion del art. 161, le corresponde como pago de indemnizacion, lo siguiente:
-Mes de aviso (1 remuneracion calculada por el total de haberes)
-Indemnizacion por años de servicio ( total de haberes multiplicado por los años)
-Vacaciones pendientes y/o proporcionales.
-Dias trabajados desde el último cierre de mes.
Para calcular el finiquito debes ingresar el total de haberes y seguir las instrucciones.
-Mes de aviso (1 remuneracion calculada por el total de haberes)
-Indemnizacion por años de servicio ( total de haberes multiplicado por los años)
-Vacaciones pendientes y/o proporcionales.
-Dias trabajados desde el último cierre de mes.
Para calcular el finiquito debes ingresar el total de haberes y seguir las instrucciones.
-Trabajadores part-tieme.
-Trabajadores Planta.
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